Ajuts a la investigació del Col·legi de Fisioterapeutes de Catalunya


Convocatòria tancada
Entitat convocant:
Col·legi de Fisioterapeutes de Catalunya
Àmbit:
Nacional
Inici:
Termini intern:
Termini real:
Descripció:

Objeto

El objetivo de esta acción es impulsar el progreso científico de la Fisioterapia mediante el fomento de la investigación en su ámbito.
La convocatoria está destinada a patrocinar la investigación clínica, experimental, de salud pública o de atención social en todos los ámbitos relacionados con el ejercicio de la Fisioterapia, bien sea en centros públicos, privados, centros de investigación, universidades y organizaciones no gubernamentales.

Requisitos mínimos de los solicitantes

a) - Personas Físicas: 1 o más fisioterapeutas colegiados al CFC integrados en:

· Centros e instituciones sanitarias de investigación o docència, públicas o privadas.

· Otras entidades relacionadas y organizaciones no gubernamentales.

· Equipos de investigación de instituciones públicas y/o privadas con un porcentage mínimo del 70% de colegiados.

- Personas Júridicas: Centros asistenciales, docentes o de investigación, públicos o privados y organizaciones no gubernamentales en la plantilla con un mínimo de un fisioterapeuta colegiado que ha de ser el investigador del proyecto.

b) Ningún colegiado podrá obtener más de dos ayudas como investigador principal del proyecto y nunca de forma simultánea.

c) Las solicitudes serán presentadas por el investigador con el visto bueno de la entidad o organismo representante.

Duración y dotación

Dos años de duración. La convocatoria destina 16.265,77 €.

Lugar de presentación y documentación a entregar

La solicitud se tramitará via online en formato pdf a cfc@fisioterapeutas.cat antes del 11 de junio de 2018.

1-Se deberá entregar la sol·licitud de ayuda firmada (documento 1).

2- Protocolo de estudio (documento 2), cronograma (documento 3) y justificación de la ayuda (documento 4).

3- En el presupuesto detallado (documento 4) se tendrá que detallar la existencia de otros ayudas y el porcentaje de gastos administrativos (no superior al 10% una vez excluida la partida de material). Tampoco se podrá destinar a la contratación de personal que ya tiene una relación contractual con la entidad donde se realiza el proyecto.

4- CV del investigador y todos los miembros (documento 5).

5- Informe aprobado del CEIC.