Redes de Investigación Cooperativa Orientadas a Resultados en Salud (RICORS).


Convocatòria tancada
Entitat convocant:
Instituto de Salud Carlos III
Àmbit:
Nacional
Inici:
Termini intern:
Termini real:
Descripció:

Resumen

Conceder ayudas para la creación y configuración de Redes de Investigación Cooperativa Orientadas a Resultados en Salud (RICORS).

Se pretende

a) Promover la investigación orientada a resultados en salud mediante la coordinación del tejido investigador en el ámbito del SNS en torno a un objetivo de investigación concreto y definido, de utilidad específica para el conjunto de la ciudadanía.

b) Vertebrar la I+D+i entre grupos de investigación procedentes de diferentes Comunidades Autónomas orientando su actividad investigadora hacia objetivos comunes que permitan la obtención de resultados trasladables a la población.

Características de la actuación

La presente actuación se dirige a la configuración de RICORS constituidas por un conjunto de grupos de investigación que tienen un objetivo de investigación común, concreto y alcanzable en virtud de la cooperación planteada dentro del periodo establecido de duración de la actuación.

A estos efectos, se entiende como objetivo concreto aquella meta de investigación específica, acotada y medible en forma de impacto en salud que la red espera alcanzar en el plazo de tiempo de ejecución de la actuación.

Los grupos de cada RICORS se articulan en torno a un programa científico orientado a resultados que incluirá grupos de, al menos, diez Comunidades Autónomas. Adicionalmente, incluirán un programa de coordinación que actuará como elemento director del programa y de la consecución de los resultados concretos.

A estos efectos, se considera un programa científico el conjunto de actuaciones planificadas para su realización por los diferentes grupos de investigación que, estando vinculadas en tiempo y forma específica a los objetivos comunes de la RICORS, permiten la consecución del objetivo central sobre el que pivota el impacto en salud que pretende alcanzar la red. Adicionalmente, incluye el plan de gestión, la descripción delas infraestructuras y el equipamiento común así como los recursos necesarios para alcanzar el objetivo concreto.

A estos efectos, se considera un programa de coordinación a la planificación de las actividades a realizar por la RICORS, los indicadores de cumplimiento, la periodicidad de su medida y los planes de acción orientados a corregir las desviaciones en las que se pueda incurrir, con el objetivo de reducir el riesgo de incumplimiento del objetivo central del proyecto.

Estructura Organizativa

Una persona coordinadora de la RICORS, que actuará como persona de interlocución con el ISCIII que será responsable de la coordinación científica entre los diferentes grupos, del cumplimiento del programa científico y de coordinación incluyendo la recogida de los indicadores de cumplimiento y la puesta en marcha de las acciones correctivas ante las eventuales desviaciones si las hubiera.

Una persona responsable de grupo, que actuará como investigador principal de cada grupo participante en la RICORS.

Grupos de investigación. Definidos como conjunto de investigadores que trabajan bajo la dirección de una persona que actúa como investigador principal, publican conjuntamente en el ámbito temático al que aplican y actúan coordinados en el desarrollo y ejecución de los programas científicos que integran la RICORS. Cada RICORS tendrá que incluir grupos procedentes de un mínimo de diez Comunidades Autónomas diferentes.

Grupo clínico asociado. Definido como grupo colaborador directamente relacionado con la actividad asistencial que sirva como facilitador de la actividad de transferencia de la investigación desarrollada en cada programa que conforme la red.

Una comisión de dirección. Estará compuesta por un número de personas adecuados a la estructura de la red y de la que formarán parte la persona coordinadora de la red, y representantes de al menos el 50% de los grupos de investigación, elegidos mediante acuerdo entre todas las partes, garantizando en cualquier caso el equilibrio de género.

Un comité científico asesor externo, que asesorará e informará periódicamente sobre las actividades de la red.

La duración de la actuación será de tres años.

Áreas temáticas

Atención Primaria, cronicidad, y promoción de la salud

- Enfermedades crónicas y multimorbilidad

- Promoción de la salud con perspectiva de género

- Servicios de salud

- Salud digital

- Salud materno-infantil

- Investigación en implementación

- Prevención y atención a adicciones

Inflamación e inmunopatología de órganos y sistemas

- Enfermedades no trasmisibles del sistema inmune

- Enfermedades alérgicas

- Esclerosis múltiple

- Enfermedades renales

- Enfermedades oculares

Terapias avanzadas

- Terapia celular

- Terapia génica

Enfermedades vasculares cerebrales

Requisits

Requisitos de los grupos de investigación

Deberán contar con un mínimo de cuatro investigadores, incluidos el investigador principal, y los miembros del mismo deben ser o haber sido investigadores principales o colaboradores de proyectos de investigación del Plan Estatal de I+D+I y/o internacionales en concurrencia competitiva en los últimos cinco años.

Los investigadores principales de los grupos de investigación que conformen la red deberán cumplir los siguientes requisitos:

Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante y tener formalizada con ella su vinculación funcionarial, estatutaria o laboral (incluidos los contratos Juan Rodés, Miguel Servet y Ramón y Cajal), como mínimo durante todo el periodo comprendido entre el plazo para la presentación de solicitudes y el momento de la resolución de concesión.

No estar realizando un programa de FSE, ni un contrato de formación o de perfeccionamiento postdoctoral de cualquier naturaleza (contratos Sara Borrell, Juan de la Cierva, o contratos de programas de las Comunidades Autónomas).

Por parte de los restantes miembros del equipo de investigación: tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria, laboral o de formación remunerada con cualquiera de las entidades instituciones enumeradas en el artículo 4.1.b) de la Orden de bases, como mínimo durante todo el periodo comprendido entre el plazo para la presentación de solicitudes y el momento de la resolución de concesión.

Cuando se trate de personal adscrito a entidades distintas a aquella a la que pertenezca el investigador principal, siempre que dichas entidades tengan la investigación como una finalidad en sus estatutos y cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3, este personal precisará autorización expresa de su organismo para participar en la RICORS.

En casos excepcionales, cuando su contribución se considere necesaria para la viabilidad del proyecto, los equipos de investigación podrán incorporar personal cuya vinculación contractual sea con entidades que, tratándose de alguna de las previstas en el artículo 4.1.b) de la Orden de bases, carezcan de domicilio social en España. Este tipo de personal no podrá superar el 25% del total de los miembros del equipo.

A los programas se podrán vincular empresas u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y los resultados de los mismos, sin que dicha participación suponga ningún tipo de ayuda directa a las mismas con cargo a las subvenciones que pudieran ser concedidas en esta convocatoria.

Incompatibilidades

Cada persona investigadora, independientemente de su papel dentro del grupo de investigación, podrá figurar en una única propuesta y en un único grupo de investigación.

Cada grupo podrá participar en una única propuesta.

Los investigadores principales no podrán ser coordinadores de más de un programa de investigación por propuesta

No podrá participar como investigador en esta convocatoria ningún investigador adscrito al CIBER o CIBERNED ni aquellos investigadores que concurran en solicitudes para la incorporación de nuevos grupos al Consorcio CIBER regulada en la presente convocatoria. Quedan exceptuados los investigadores que participen en la RICORS de Terapias Avanzadas que podrán ser también miembros del Consorcio CIBER o CIBERNED.

Conceptos financiables

Ver documento adjunto

Sol·licitud

CVA de coordinador general de la RETICS y de los coordinadores de programas, que deberán cumplimentarse en inglés.

Historial científico-técnico de los grupos que conforman el programa de investigación, que contenga el listado de integrantes de los grupos y su estructura, junto con la relación de publicaciones, proyectos y patentes de los últimos 5 años. Deberá presentarse un historial por cada coordinador de programa cumplimentado en inglés.

Memoria de actividades de coordinación que deberá cumplimentarse en inglés (presentada por el coordinador)

Memoria de programa de investigación sobre el que se estructura la RICORS

Memoria presupuestaria

Autorización de la entidad de adscripción de colaboradores

Documentos que acredite la participación de los miembros del equipo en proyectos de investigación. Un documento por grupo

En su caso, documentación que acredite la colaboración y vinculación con empresa u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y los resultados de la investigación realizada.

Los modelos normalizados no están publicados en la página web del ISCIII. Os los haremos llegar en cuanto estén disponibles.

Lugar de presentación

En caso de interés contactar con el Dpt. De Gestión de la Investigación a la mayor brevedad confirmando en el interés en la convocatoria.