Ayudas para el fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación 2023


Convocatoria "cerrada"
Me interesa
Entidad convocante:
Fundación Española para la Ciencia y la Tecnologia
Categoría:
Altres
Ámbito:
Nacional
Inicio:
Plazo interno:
Plazo real:
Cuantía:
Máximo 150.000€
Descripción:

Las actividades objeto de financiación deberán estar incluidas en alguna de las siguientes categorías de proyectos:

a. Proyectos de comunicación social de la ciencia y la tecnología

1. Proyectos con periodo de ejecución de hasta 12 meses

- Proyectos recurrentes. Se deberán presentar en esta subcategoría aquellas actividades que se ejecutan de forma recurrente cada cierto tiempo, ya sea en forma de ediciones sucesivas de una misma actividad, o de una actividad similar para la que se introducen variaciones o adaptaciones, se hayan presentado o no con anterioridad a esta convocatoria.

- Nuevos proyectos. Se deberán presentar en esta subcategoría aquellas actividades que se realizan por primera vez.

2. Proyectos con periodo de ejecución de entre 12 y 24 meses

Solo se podrán presentar en esta subcategoría grandes producciones audiovisuales, programas de planetario, y grandes exposiciones desarrolladas por entidades culturales, artísticas, museos o centros de ciencia, que requieran, por la complejidad de su producción, períodos de ejecución más amplios, pudiendo extenderse hasta dos años.

Las actividades incluidas en esta categoría deberán asociarse a uno de los siguientes objetivos como principal, si bien puede tener como objetivo secundario uno o varios de los restantes:

Aumentar el conocimiento y la comprensión de la ciencia y la tecnología

Estimular la participación ciudadana en la ciencia y la tecnología

Promover cambios en las actitudes o comportamientos en cuestiones relacionadas con ciencia y tecnología

Generar conocimiento científico sobre la comunicación social de la ciencia

Combatir la desinformación en el ámbito de la ciencia y la tecnología

b. Programa anual de actividades UCC+I

En esta categoría se incluyen los programas de actividades de las Unidades de Cultura Científica y de la Innovación (UCC+I), intermediarias entre los colectivos investigador e innovador, y los medios de comunicación, así como entre los primeros y la sociedad.

c. Ferias de la ciencia

En esta modalidad se financiarán proyectos cuyo objetivo sea la organización de eventos en los que los protagonistas son el alumnado no universitario que, con la ayuda del profesorado o del personal investigador, presenta al público general, incluido el resto de estudiantes, los resultados de un proyecto científico de naturaleza experimental tutorizado por sus docentes.

d. Proyectos singulares

Los proyectos incluidos en esta categoría podrán tener una duración de hasta 24 meses.

1. Ciencia Ciudadana Se financiarán proyectos de ciencia ciudadana entendida como aquellas actividades que involucren a la ciudadanía en los procesos de investigación científica, lo que fomenta que ciencia, agentes sociales e instituciones políticas puedan establecer vínculos que permitan impactos más significativos y socialmente aceptados. A través de la ciencia ciudadana, cualquier persona, colectivo o entidad puede participar en los diferentes procesos de la investigación científica, desde el diseño y conceptualización de la hipótesis, pasando por la recogida de datos y el mapeo voluntario, hasta la interpretación y análisis de datos y publicación y difusión de los resultados. La ciencia ciudadana es un enfoque del trabajo científico que puede ser utilizado como parte de una actividad científica más amplia. También se financiarán dentro de esta modalidad proyectos que fomenten la ciencia ciudadana con el objetivo de visibilizar y aumentar la participación en este tipo de acciones.

Se deberán presentar propuestas en coordinación de un mínimo de dos entidades, debiendo ser una de ellas un agente del ámbito de la investigación y la otra, uno de los tres actores enumerados a continuación:sociedad civil organizada, tejido productivo o empresarial e instituciones públicas.

2. Arte, Ciencia, Tecnología y Sociedad

Los proyectos financiados en esta modalidad deberán generar espacios de conocimiento compuesto entre las ACTS. No se trata de poner el arte al servicio de la ciencia, ni viceversa, sino de desarrollar un trabajo conjunto entre todas las partes. Así, se valorarán positivamente propuestas que definan en profundidad sus metodologías e impliquen a todos sus integrantes en el diseño de los proyectos. Además, el resultado del proyecto podrá materializarse en piezas y obras artísticas, programas formativos y expositivos, performances, experimentos y simulaciones sociales, herramientas para una mejor comunicación social de la ciencia, publicaciones en revistas, informes, etc.

Se deberán presentar propuestas en coordinación de un mínimo de dos entidades nacionales, entre las que se incluyan:un agente del ámbito de la creación y producción artística actual (artistas, museos, fundaciones, etc.) y otro proveniente de la investigación científica (centros de investigación, universidades, etc.). Además de estos agentes, podrá incluir a otros actores de la investigación, formación, producción o divulgación ACTS.

3. Investigación y práctica en la comunicación científica

Se financiarán proyectos de comunicación científica coordinados entre quienes investigan y quienes comunican para el diseño, desarrollo e investigación de enfoques de comunicación en un contexto real que permitan hacer avanzar tanto la ciencia como la práctica de la comunicación científica. Los proyectos deberán desarrollar un trabajo conjunto entre todas las partes que permita el intercambio y colaboración continuos a lo largo de todas las fases del proyecto.

Se deberán presentar propuestas en coordinación de un mínimo de dos entidades nacionales, entre las que se incluya al menos un agente del ámbito de la investigación que realice investigación social relacionada con la comunicación científica y otro que ejecute acciones de comunicación social de la ciencia.

Se otorgarán ayudas hasta una cuantía máxima del setenta por ciento del coste total de las actuaciones objeto de la solicitud presentada con un límite de 100.000 euros por solicitud presentada

La actividad objeto de ayuda se realizará dentro del periodo máximo de ejecución establecido para cada una de las categorías, debiendo estar este comprendido entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2026 e iniciarse a lo largo del año 2024.

Splicitud

La presentación de las solicitudes se en el sistema electrónico de participación disponible en la dirección web de la FECYT www.convocatoria.fecyt.es, realizará conforme a las instrucciones y modelos establecidos al efecto.

Las entidades solicitantes deberán contar con la firma electrónica avanzada del representante legal de la entidad.

Las solicitudes se presentarán por los representantes legales de las entidades a las que pertenezca el responsable del proyecto o acción a financiar.

Para la inscripción de una solicitud deberá procederse al alta en el sistema electrónico de participación disponible en la dirección web www.convocatoria.fecyt.es y cumplimentar en castellano el formulario de solicitud correspondiente y adjuntar, también en castellano, la documentación adicional indicada en este apartado, siguiendo las instrucciones que se establezcan al efecto en el sistema.

  1. Formulario de solicitud. Todas las solicitudes deberán cumplimentarse a través del sistema telemático de participación, incluyendo la siguiente información:
    • Datos identificativos y generales de la entidad solicitante, del responsable de la acción y representante legal, tipo de entidad, objeto social, composición e identificación del órgano de gobierno, y cualquier otra información necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos para ser entidad beneficiaria, conforme a lo establecido en las bases reguladoras y el artículo 4 de la presente convocatoria.
    • Descripción resumen de la acción a financiar, presupuesto de la acción e importe de la ayuda que se solicita.
    • Declaración responsable del representante legal de la entidad beneficiaria de no encontrarse dicha entidad incursa en ninguno de las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de beneficiaria, recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, y de cumplimiento de las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la misma Ley.
    • Declaración responsable de que la entidad beneficiaria está al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como del reintegro por subvenciones y de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
    • Declaración responsable de que la entidad beneficiaria está al corriente del pago de las obligaciones por reintegro de ayudas concedidas por la FECYT.
    • Declaración responsable de que el personal involucrado en el desarrollo de las actividades objeto de esta ayuda cumple con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor, modificado por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
    • Declaración responsable de que la entidad para el desarrollo del proyecto objeto de solicitud cumple con la normativa y permisos que resulten de aplicación, especialmente en materia de protección de los derechos de propiedad intelectual e industrial, eximiendo a la FECYT de cualquier responsabilidad derivada de cualquier incumplimiento o perjuicio causado a terceros por la entidad solicitante.
    • Comunicación de las ayudas públicas o privadas solicitadas o concedidas para la misma finalidad, incluyendo los importes solicitados o concedidos y las entidades concedentes
  2. Se deberá adjuntar también una memoria técnica en castellano del proyecto objeto de solicitud, que aporte información detallada del mismo. Dicha memoria, que incluirá el desarrollo de todos los apartados incluidos en la misma y toda la documentación adicional que se considere oportuna, tendrá una extensión máxima de quince páginas para todas las categorías excepto para la categoría b. Programa anual de actividades UCC+I, que podrá tener una extensión máxima de veinte páginas en total. Si se excede del número de páginas establecido para dicho documento la solicitud no se evaluará. Este exceso no será objeto de subsanación. No será tenida en cuenta en la evaluación la información esencial para el desarrollo del proyecto aportada a través de hipervínculos, debiendo estar incluida en los diferentes apartados de la memoria técnica.
  3. Escritura notarial del poder del representante legal con competencia para la aceptación de la ayuda o documento acreditativo del poder equivalente según las prescripciones legales que sean aplicables, salvo que ya estuviere incorporado al registro de la entidad solicitante.
  4. Copia de la tarjeta de identificación de personas jurídicas y entidades en general (NIF) del beneficiario, salvo que ya estuviere incorporado al registro de la entidad solicitante.

En caso de interés, contactar con el Dpt. de Gestión y Promoción a la Investigación antes del 3 de octubre de 2023.