Acciones de cooperación al desarrollo en el ámbito de la innovación


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Organization:
Agencia Española de Cooperación Internacional
Scope:
International
Start:
Internal deadline:
Official deadline:
Amount:
Según acción
Description:

La presente convocatoria tiene como objeto la cofinanciación de:

1. Acciones de cooperación al desarrollo en el ámbito de la innovación, que aborden desafíos sociales, económicos, medioambientales y de desarrollo de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Las acciones deberán impulsar soluciones innovadoras, ya desarrolladas y testadas exitosamente a nivel piloto, con el fin de aplicarlas y demostrar la posibilidad de replicarlas a mayor escala para lograr un desarrollo sostenible e incluyente. Asimismo, se podrá cofinanciar la escalabilidad y replicabilidad de aquellas soluciones innovadoras ya aplicadas con éxito en los países socios de la Cooperación Española.

2. Actividades de conocimiento en el ámbito de la innovación, que comprenderán investigaciones y estudios aplicados acompañados de formaciones y/o seminarios, que cuenten con un componente innovador, y referidos a las áreas temáticas incluidas en esta convocatoria.

Más concretamente, la convocatoria cofinanciará las acciones que se enmarquen en la siguiente líneas de acción (entre otras):

Salud: Fortalecimiento de los sistemas sanitarios y el acceso a la cobertura sanitaria universal, incluyendo programas de investigación operativa especialmente dirigidas a grupos de enfermedades que afectan desproporcionalmente a países en desarrollo.

Igualdad de Género: Lucha contra la violencia de género, incluida la lucha contra la trata. Prácticas innovadoras para el fortalecimiento de los derechos económicos y laborales de las mujeres, y la transversalización del enfoque de género en proyectos sectoriales.

Gestión sostenible, uso del big data y de sistemas prospectivos así como de los sistemas de información geográfica en el ámbito político, económico, medioambiental, de luchas contra las desigualdades y la salud, así como uso de sistemas y tecnologías de la información en la acción humanitaria.

Las acciones pueden ejecutarse en uno de los países de asociación menos avanzados (Etiopía, Mauritania, Mozambique, Níger pero circunscrito a Niamey, Senegal y Haití), de asociación de renta media (Bolivia, Colombia, Cuba, Ecuador, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Honduras, Marruecos, Nicaragua, Palestina, Paraguay, Perú y República Dominicana) y de cooperación avanzada (Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, México, Panamá, Uruguay, Cabo Verde, Egipto, Guinea Ecuatorial, Túnez, y Jordania), así como Líbano, campamentos de población saharaui refugiada en Tinduf (Argelia), Siria, Afganistán y Ucrania.

Quedarán excluidas las solicitudes presentadas para otros países distintos de los indicados en esta convocatoria.

Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria las agrupaciones sin personalidad jurídica integradas por personas jurídicas pertenecientes a las siguientes tipologías:

a) Sector privado empresarial: empresas, empresas de economía social acreditadas atendiendo a la Ley 5/2011, de 29 de marzo de Economía Social, asociaciones y otras análogas.
b) Entidades del Sector social: Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo inscritas en el Registro de ONGD adscrito a la AECID en la fecha de publicación de esta convocatoria.
c) Entidades del ámbito académico y de la investigación: universidades, fundaciones universitarias, centros de investigación y otros análogos, tanto públicos como privados.

Con el objeto de promover el trabajo en red y en alianza, las agrupaciones deberán estar conformadas, al menos, por dos entidades de tipología distinta para el caso de las acciones.

No se considerarán las propuestas presentadas por una persona jurídica de forma individual ni por agrupaciones que no cumplan las condiciones descritas en la presente base.

En el supuesto de las actividades de conocimiento, no será necesaria su presentación en agrupación, si bien se ponderará su presentación en alianzas en la fase de valoración.

Quedan excluidos como posibles adjudicatarios las Administraciones públicas, Organizaciones y Organismos internacionales o multilaterales y cualquier entidad en la que una Administración pública participe en el capital social o en el patrimonio de la misma, excepto en el caso de las
entidades del ámbito académico y de la investigación definidas en este apartado.

Requirements

Dotación:

La subvención mínima por acción no podrá ser inferior a 400.000 euros, ni superior a los 800.000 euros.

La subvención mínima para financiar las actividades de conocimiento no podrá ser inferior a 100.000 euros ni superior a 500.000 euros.

Las entidades participantes que no hayan obtenido anteriormente financiación por parte de AECID, como adjudicatario directo o mediante su participación en una agrupación de entidades sin personalidad jurídica, no podrán percibir un importe superior a 82.600 euros con cargo al total de las subvenciones concedidas en la convocatoria.

El importe de la subvención concedida no podrá ser superior al 80 por 100 del coste total del proyecto, siendo necesaria la aportación de otros fondos por un mínimo del 20 por 100 sobre el importe total. Esta aportación podrá ser con fondos propios de los integrantes de la
agrupación beneficiaria o procedente de otros financiadores. En ningún caso pueden provenir de fondos AECID.

Las subvenciones reguladas en esta resolución serán compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad, siempre que el importe de la subvención.

Request

En caso de interés, contactad con frecerca.convocatories(ELIMINAR)@sjd.es